Derechos de los trabajadores ante un accidente laboral
En caso accidente de trabajo ofrecemos un respuesta integral al instante.
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La legislación decreta que “un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena” (Art. 156 LGSS). Dicha definición sigue siendo apta para contar los accidentes laborales, pero los trabajadores autónomos que no trabajan por cuenta ajena, si tienen derecho a las prestaciones por contingencia profesionales, en el caso de estos económicamente dependientes es obligatoria la cotización y por tanto la prestación y para el resto la cotización es voluntaria.
¿Qué derechos tiene?
Las prestaciones a las que se tiene derecho por la contingencia de Accidente de Trabajo son las siguientes:
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