Conceptos excluidos de cotización en la nómina
Aclaramos las dudas, tras la modificación a la Ley General de Seguridad Social.
Aclaramos las dudas, tras la modificación a la Ley General de Seguridad Social.
La última modificación a la Ley General de Seguridad Social con efectos de 22/12/2013 presentó unos cambios importantes sobre los conceptos excluidos en la base de cotización, de tal modo que al día de hoy, ésta se encuentra compuesta por la remuneración total que percibe mensualmente el trabajador como resultado del trabajo realizado por cuenta ajena.
Debido a que esta modificación a la ley ha presentado diversas dudas, creemos que es necesario aclarar los únicos conceptos retributivos que ahora están exentos de cotizar a la Seguridad Social, los cuales detallamos a continuación:
Este cambio en la legislación también implantó otra novedad bastante relevante, que es la obligación de que las empresas comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social todos los importes correspondientes a los distintos conceptos incluidos en las nóminas de sus trabajadores en cada periodo de liquidación, sin importar si están o no incluidos en la base de cotización de la Seguridad social y aunque resulten de aplicación bases únicas.
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