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Trabajador a jornada completa, ¿Tienes derecho a la custodia compartida de tus hijos?

Por LABE Comunicación

Una larga jornada laboral puede echar para atrás la custodia compartida de tus hijos

¿Qué factores tienen en cuenta los jueces para otorgar o no la custodia compartida de los hijos a sus padres? Es la gran pregunta que nos hacemos ante un caso de divorcio con niños de por medio. Y no es de extrañar, porque, con dos casos exactamente idénticos pueden darse resoluciones diferentes. El último asunto de esta índole que ha salido a la luz es el de un juzgado que le ha denegado la custodia compartida a un padre por incompatibilidad con su trabajo: médico.

El hombre en cuestión desarrolla su labor profesional como doctor en distintos hospitales de Portugal, donde realiza guardias que, en ocasiones, llegan a ocupar un día completo. Por esto, la Audiencia Provincial número 2 de Badajoz justifica su decisión “no en la profesión del padre, sino en si ese trabajo posibilita, con sus horarios, la adecuada atención del menor».

Así, la Audiencia alega que el progenitor pasa fuera de su domicilio más de 24 horas seguidas durante dos días a la semana, lo que considera incompatible con una custodia compartida.

Este mismo tribunal ya habría fallado de una manera similar hace unos meses. En esa ocasión sería para denegar la guarda a un camarero debido a su “extensa jornada laboral”, aunque justifica el tribunal que «no hay en general profesiones u oficios que, por si solos, excluyan la custodia de los menores. La custodia no es patrimonio exclusivo de progenitores ociosos o con jornadas laborales reducidas o flexibles».

Una situación complicada la que se vive en este tipo de litigios debido a la importancia de los mismos, ya que no afectan solo a las dos partes, sino que los hijos se encuentran en medio. Por eso, en LABE te asesoramos en todo lo relacionado a la guardia y custodia de tus hijos menores. Obtenemos los resultados más favorables a tus intereses. En caso de que la conciliación no sea viable, gestionaremos el régimen mínimo de visitas y la cantidad a abonar en la pensión de alimentos.

 

LABE Comunicación

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