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Las hipotecas referenciadas al IRPH puedan ser anuladas por abusividad

Por Leyre Millán

La sentencia del TJUE, publicada el pasado 3 de marzo, abre las puertas a que las hipotecas referenciadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios puedan ser anuladas por abusividad por los juzgados españoles, porque aunque el IRPH sea un índice oficial, estos podrán juzgar si hubo falta de transparencia en su aplicación en el contrato hipotecario.

Está demostrado que el IRPH ha sido más perjudicial que el Euribor, encareciendo las hipotecas que asfixiaban a las familias. En España hay más de un millón de afectados a quienes les espera un largo camino en los tribunales.

Por ello, si tienes una hipoteca referenciada al IRPH puedes reclamar para que te devuelvan el dinero que has pagado de más y será la Banca la que deberá demostrar que:

  1. Te informó de los elementos de cálculo del IRPH y que permitían comprender que se basaban en el tipo medio de las hipotecas a más de tres años con un incremento del 0,25%.
  2. Te informó de la evolución del IRPH los dos últimos años, lo que puede dar al consumidor una indicación objetiva sobre las consecuencias económicas y permitían compararlo con otras fórmulas de cálculo del tipo de interés.

Así, Europa ha resuelto que los jueces podrán sustituir el IRPH de las hipotecas por otro índice legal, como el Euribor, siempre y cuando crean que su comercialización no fue lo suficientemente clara o transparente.

Si estás en esta situación, no dudes en ponerte en contacto con alguno de nuestros expertos.

Leyre Millán

Asesora Jurídica

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