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DERECHO DE FAMILIA

Derecho Internacional de Familia

DESDE 1990

Abogados especialistas en el derecho internacional de familia

En nuestro despacho de abogados contamos con especialistas dedicados en exclusiva a la práctica del Derecho de Familia que te prestarán asesoramiento completo en todo lo que necesites saber o conocer sobre Derecho Internacional de Familia. Te informaremos de todos tus derechos y obligaciones, aconsejándote sobre la forma más adecuada de proceder en cada caso.

Puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra oficina de Madrid o llamarnos por teléfono y te pondremos en contacto con uno de nuestros abogados especialista en Derecho de Familia en el número 913 14 90 16 en horario de 9 a 19, orientándote en los pasos a seguir para tu caso en concreto.

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Llevamos más de 30 años ahorrando tiempo, dinero y problemas a personas como tú; prestaremos toda la atención que tu caso requiera.

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LABE ABOGADOS

Resolvemos tus dudas sobre el derecho de familia

Este derecho es el relativo al cuidado del menor y a la toma de decisión de su lugar de residencia.

Es aquel derecho de llevar al menor durante un tiempo limitado a otro lugar diferente a su lugar de residencia.

Si, se puede solicitar al Juzgado la celebración de un procedimiento urgente para acordar medidas que garanticen la protección del menor, así como la prohibición de salida del territorio nacional y la prohibición de expedición o retirada del pasaporte del menor, dejándolo a disposición judicial.

En España, la mayor autoridad en estos casos es la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia, en la que se encargar de transmitir y recibir todas las solicitudes en nombre de los progenitores privados de sus hijos, para posteriormente trasladarlas al país donde se encuentra el menor que ha sido retenido o trasladado.

Derecho Internacional de Familia

El derecho internacional de familia cada vez está más en boca de todos, ya que es un fenómeno creciente y de gran complejidad debido al aumento de ofertas de trabajo fuera de nuestro país y que, en ocasiones, causa que los cónyuges rompan sus lazos porque uno de ellos no quiere seguir al otro hacía su nuevo destino.

Capitulaciones matrimoniales

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Se denominan capitulaciones matrimoniales al contrato que hay entre los cónyuges y donde fijan las normas sobre los aspectos económicos del matrimonio. Su contenido puede ser muy diverso, pero el más común es de la elección del régimen económico matrimonial.

¿Qué ocurre si no se han hecho capitulaciones matrimoniales?

Por lo general, si no se han estipulado ningún tipo de capitulaciones se aplica el régimen de sociedad de gananciales. Pero este, siempre se puede cambiar ante notario y así poder elegir el régimen económico que se desea, antes o después del matrimonio.

¿Cómo se realiza para que tenga validez?

Para que las capitulaciones matrimoniales se formalicen y tengan validez, hay que realizar una escritura pública con el asesoramiento de un Notario, que actuará de intermediario y de forma imparcial.

Posteriormente, estas deben incluirse en el Registro Civil, junto a la inscripción de la celebración del matrimonio.

Sustracción internacional de menores

La sustracción internacional de menores, al igual que indicamos en el apartado de Derecho de Familia Penal, es la situación en la que un progenitor o pariente se lleva a un menor a otro país distinto a donde tiene su residencia habitual y sin el consentimiento del que tiene la custodia

¿Cuándo se considera traslado o retención ilícita?

Este hecho se regula a través del artículo 3 del Convenio de la Haya, donde se establece que se considera ilícito en base a estas dos cuestiones:

  • Cuando se infrinja el derecho de custodia de un menor a una persona, institución u otros organismos.
  • Cuando se ejerciera este derecho de manera efectiva en el momento del traslado o retención, o también, cuando se hubiera ejercido de no haberse producido dicho traslado o retención.

¿El Convenio de la Haya que requisitos tiene par su aplicación?

  • Se aplica a todos los menores que tuvieran su residencia habitual en uno de los Estados contratantes antes de la infracción de los derechos de custodia o visita.
  • Se aplica a los menores de 16 años y a partir de esa edad deja de tener efecto.

La regulación de la sustracción internacional de menores se regula a través de estos instrumentos, tanto internacionales como de la Unión Europea:

  • Convenio de la Haya (1980).
  • Reglamento del Consejo (CE) 2201/2003: se establecen las competencias, reconocimiento y ejecuciones de las resoluciones judiciales matrimoniales y responsabilidad parental.
  • Convenido de la Haya (1996): se regula la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, ejecución y cooperación relacionada con la responsabilidad parental y la protección de los niños.
  • Reglamento del Consejo (CE) 2201/2003: se estable el reconocimiento y la ejecución de estos asuntos entre los países de la UE.

Ante cualquiera infracción y sustracción internacional de menores, ponte rápidamente en contacto con nuestros abogados especialistas en Derecho Internacional de Familia, quienes te guiarán en todo el proceso. Además, desde LABE contamos con un gran número de alianzas con otros despachos legales, lo que hace que sea más fácil conseguir tus objetivos y acelerar todos los trámites.

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Somos un despacho de abogados con sede en Madrid con más de 30 años de experiencia ayudando a familias y matrimonios en con los trámites buscando siempre el mejor acuerdo.

Contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho de Familia de reconocida trayectoria profesional que estarán a tu plena disposición.

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