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¿Es necesario un abogado en delitos leves?

Comenzamos este artículo diciendo que no es obligatoria la intervención de un abogado en los juicios por delitos leves ni tampoco en los recursos de apelación contra las sentencias que se dicten.

DELITOS LEVES

Que no sea obligatorio no quiere decir que no tengas que tenerlo, en la mayoría de las ocasiones donde los sujetos han comparecido asesorados y defendidos por un abogado, los casos se han resuelto rápidamente y de la manera más favorable. Es evidente que una persona ajena al sector del derecho, no conoce el desarrollo del proceso, ni del juicio, por lo que acudiendo acompañado por un abogado estará mejor asesorado en defensa de sus intereses.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal declara, como ya hemos afirmado, que la intervención de un letrado no es obligatoria, aunque existe una excepción: que el delito lleve adjuntada una pena de multa cuyo límite máximo sea del al menos 6 meses. Ello quiere decir que si hemos cometido un delito que trae consigo una pena de multa de 1 a 3 meses no será necesaria la intervención de abogado pudiendo el condenado defenderse por si mismo en este procedimiento. De lo contrario, si el delito que hemos cometido trae consigo una pena de multa de 4 a 8 meses si será necesaria la intervención del abogado, dado que el importe máximo de la pena de multa que nos pueden imponer es superior a 6 meses.

Veamos ahora un ejemplo de delito leve:

  • Una persona es pillada “in fraganti” llevándose un producto hurtado en una juguetería, reconociendo culpabilidad. Si dicho objeto no sobrepasa los 400€ se celebrará un juicio por delito leve de hurto. Si el sujeto reconoce reiteradamente ante el juez el delito, la intervención de un abogado será recomendable debido a que el abogado buscará conseguir que la multa sea lo más baja posible.

  • Otro ejemplo de caso puede ser que un sujeto sea condenado por lesiones de menor gravedad en una trifulca callejera a una pena de multa de 3 meses, a razón de 4 euros de cuota diaria, la multa a ingresar por el sujeto condenado es de 390€ (90 días por 4€ diarios). El abogado en este caso defenderá no sólo los intereses económicos sino la propia responsabilidad del acusado en el proceso, pudiendo alegar factores atenuantes como la provocación por la parte contraria.

Finalmente señalar que el hecho de ser acusado de delito leve se verá reflejado en el Registro Central de Penados como “antecedentes penales”.

Diez razones por las que se debe asistir a un juicio por delito leve con un abogado:

  • Para que seas consciente de todo el contenido de expediente que será analizado por el Juez.

  • Para participar de forma activa en el juicio: proposición y obtención de pruebas. Tu abogado será quién las presente.

  • Ejercer mejor la defensa de tus intereses.

  • Para garantizar la igualdad entre las partes.

  • Cuestionar la versión del contrario será ejecutada por un abogado con experiencia.

  • Evitar que te defienda un letrado que no sea de tu elección ni de tu agrado.

  • Igualmente evitar que se adjudique un abogado de oficio, ya que aunque sea de oficio no significa que no debamos pagar sus servicios.

  • Prevenir ser condenado a penas de multas muy elevadas o incluso cumplir una pena privativa de libertad.

  • Recurrir si la sentencia no es favorable a tu intereses como acusado.

  • Una vez dictada la sentencia favorable a tus intereses, se abre un nuevo procedimiento para convertirla efectiva, será el abogado quien la ejecute.

Desde LABE Abogados te aconsejamos que cuentes con un abogado ya que conoce a la perfección el derecho y aportar un valor añadido en la defensa de tus intereses.

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