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Los influencers, bajo la mirada de la Agencia Tributaria

Cuidado con los regalos para promocionarse.

Los influencers, bajo la mirada de la Agencia Tributaria

La Agencia Estatal de Administración Tributaria se tiene que adaptar a las nuevas formas de negocio que van surgiendo, por tanto, recoge en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019 la necesidad de perseguir los nuevos modelos de actividad económica que han surgido en torno a las nuevas tecnologías.

Las empresas son conscientes de la afluencia de una nueva modalidad de marketing y publicidad, en la que buscan una oportunidad de negocio a través de las redes sociales, plataformas virtuales o influencers.

Una manera que tienen las empresas de promocionarse es regalando distintos productos a bloggers para que los muestren en sus redes sociales y de esta manera, tener una mayor inclusión comercial.

Esta actividad, que aparentemente parece desinteresada, no siempre está acompañada de una correcta tributación. La Agencia Tributaria la considera como una actividad económica ejercida con continuidad y por cuenta propia, por tanto, obliga a regularizar la situación tributaria de aquellos influencers que no lo han hecho.

¿Cuáles son las obligaciones tributarias?

La publicidad en redes sociales no está sujeta a una norma fiscal que la regule específicamente, pero este tipo de actividad se puede equiparar con la que desarrolla una persona física por cuenta propia.

La primera obligación es identificar con el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas a través de la correspondiente declaración censal.

De esta manera, los influencers tendrán que incluir en su IRPF, como rendimientos de actividad económica, los ingresos obtenidos en dinero o en especie, y es aquí donde se incluyen los regalos que les hacen las diferentes compañías para publicitar sus productos.

La obligación de los empresarios, por tanto, es ingresar en la Agencia Tributaria, a través de la autoliquidación correspondiente, el 15 % de las cantidades de los regalos que destinan a los influencers. Las marcas tendrán posibles liquidaciones y sanciones si no se produce una retención o un ingreso a cuenta.

La prestación de un servicio de publicidad y relaciones públicas se encuentra sujeto al IVA, por consiguiente, surge una obligación para las empresas.

La abstención fiscal que opera en este sector será perseguida por la Agencia Tributaria a través de su Plan de Control Tributario.

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