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Registro obligatorio de los horarios de los trabajadores

La vuelta al método tradicional.

Registrar los horarios de los trabajadores podría considerarse un derecho laboral básico de cada empleado. Así lo recoge la reforma laboral que ha diseñado el Gobierno de Pedro Sánchez.
Considera que es fundamental que el trabajador conozca la duración y distribución de su jornada laboral ordinaria, es decir, su horario de trabajo.
De esta manera, para que se haga efectivo este nuevo derecho de los trabajadores, la ley que regula el mercado de trabajo especificará en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, cómo deberán registrar la jornada las empresas.

Se trata de una medida que obliga a las empresas a registrar la jornada de cada trabajador diariamente y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida.
De la misma manera, el empleado recibe mensualmente la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado. Los sindicatos también conocerán las horas trabajadas de cada empleado.
El empresario estará obligado a informar cada mes a sus trabajadores de las horas extra trabajadas y compensarlas. Para ello, la empresa tendrá que enviarles una copia de los resúmenes del registro diario.

Es una medida para verificar que no se supere el límite legal de horas extraordinarias, actualmente establecido en 80 horas por año. También está previsto exigir a las empresas que conserven los registros al menos durante cuatro años y así facilitar la documentación necesaria en caso de una inspección. Las sanciones por la ausencia o un mal registro de las horas extraordinarias, en el caso de los empleados a tiempo parcial, se consideran como falta grave y pueden oscilar entre los 600 hasta más de 6.000 euros.
La propuesta del líder socialista no es algo nuevo, es la vuelta al tradicional sistema de fichar cuando llegas y te vas del trabajo. Actualmente, muchas grandes empresas ya cuentan con este sistema, pero la mayoría de las medianas y pequeñas empresas carecen de él.

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